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Resolución SB
05 / 12 / 2001
Las Entidades Financieras y Agentes de Cambio deberán adaptar sus sistemas de contabilidad para que a partir del 1ro. de enero del 2002, todos sus ingresos sean reconocidos cuando se devengan y no cuando se perciban.
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Normativas SB

Disposiciones que la Superintendencia de Bancos emite para regular la actividad bancaria, así como para informar o realizar recomendaciones dentro de su respectiva competencia, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley No. 183-02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002 y los Reglamentos emitidos por la Junta Monetaria.