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CARTA CIRCULAR SB:

CC/ 001/ 08

A las : Entidades de Intermediación Financiera.

Asunto : Dispensa para la remisión del Balance de Comprobación Analítico Mensual correspondiente al mes de febrero de 2008.

Les informamos que debido a las modificaciones introducidas en las disposiciones prudenciales y específicamente con las originadas en el Reglamento de Evaluación de Activos (REA) y el Reglamento de Normas Prudenciales de Adecuación Patrimonial, contenidas en la Primera y la Segunda Resolución de la Junta Monetaria de fecha 14 de febrero de 2008, y publicadas en fecha 27 de febrero del presente año, y que esta Superintendencia de Bancos, esta realizando cambios en el Validador Unificado para el envío de las informaciones, que afectan el Tope Ajustado; las Provisiones Requeridas con Gradualidad y las Ponderaciones de Operaciones Contingentes; el Superintendente deBancos, en uso de las atribuciones que le confieren el Literal e) del Artículo 21 de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02, de fecha 21 de noviembre del 2002, otorga una dispensa hasta el día 7 de marzo del 2008 para el envió de las informaciones siguientes:

  1. DAF01 “Determinación del Coeficiente de Solvencia”
  2. DAF02 “Provisiones, Castigos, Límites y Pérdidas en Otros Activos”.

En lo que respecta a los reportes de información de la Central de Riesgo Crediticio, Liquidez y Mercado, los mismos deberán ser remitidos en la fecha establecida, en vista de que las modificaciones efectuadas no afectan estos reportes.

Dada en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatros (04) días del mes de marzo del año dos mil ocho (2008).

Lic. Rafael Camilo

Superintendente

RC/LAMO/JV/SDC/JC

Normas y Estudios

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Estatus Vigente
Publicación 04 / 03 / 2008

CARTA CIRCULAR 001/08

Dispensa para la remisión del Balance de Comprobación Analítico Mensual correspondiente al mes de febrero de 2008.