CARTA CIRCULAR SB:
CC/ 003 / 08
A las : Entidades de Intermediación Financiera.
Asunto : Reiteración remisión Estados Financieros Auditados vía electrónica, y presentación no comparativa de la información complementaria sobre deudores vinculados y detalle de los bienes recibidos en recuperación de créditos.
Por este medio, les reiteramos el cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Capítulo V del Manual de Contabilidad para Instituciones Financieras, aprobado mediante Resolución No.13-94 de fecha 9 de diciembre de 2004 y sus modificaciones, especialmente la Circular SB No.12/2005 que establece en el Literal A.4, que “las entidades de intermediación financiera deberán remitir a través del Sistema Bancanet de la Superintendencia de Bancos, un ejemplar de sus Estados Financieros Auditados”.
Sobre este particular, esta Superintendencia ha considerado pertinente reiterar a las entidades de intermediación financiera, que la remisión electrónica de los estados financieros auditados deberá incluir lo siguiente:
Dicha remisión es en adición al ejemplar impreso, y no exime de la presentación de este documento. La misma debe realizarse, a través del archivo de texto en formato PDF, anexo en el validador de los estados financieros auditados. Por otra parte, en relación a la presentación de la información complementaria, y luego de haber evaluado la naturaleza y uso de las informaciones de carácter cualitativo; este Organismo Supervisor ha decidido permitir que la presentación detallada de la información relacionada a deudores vinculados, y el desglose de los bienes recibidos en recuperación de créditos incluida en la información complementaria, sea presentada de manera no comparativa.
A estos fines, queda entendido que las demás informaciones complementarias deberán presentarse en forma comparativa.
Lic. Rafael Camilo
Superintendente
RC/LAMO/JAV/AS
Control e Información