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CARTA CIRCULAR SB:

Núm. 022/21

A las : Entidades de intermediación financiera (EIF) e intermediarios cambiarios.

Asunto : Horario especial de la Superintendencia de Bancos por las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.

El Superintendente de Bancos, en uso de las atribuciones que le confiere el literal (e) del artículo 21 de la Ley No. 183-02-02, Monetaria y Financiera, del 21 de noviembre de 2002, dispone lo siguiente:

  1. La Superintendencia de Bancos, por motivo de la festividad de navidad y fin de año, el viernes 24 y el viernes 31 de diciembre del presente año, no brindará su acostumbrada atención al público en sus dependencias, es decir, la Sede Principal, Oficina Regional Norte y la Oficina de Servicios y Protección al Usuario.
  2. Las entidades de intermediación financiera e intermediarios cambiarios dispondrán de un plazo, hasta el lunes 27 de diciembre para el envío correspondiente de los reportes con fecha de remisión el viernes 24 de diciembre; y hasta el lunes 3 de enero de 2022, para el envío de los reportes correspondientes al viernes 31 de diciembre.
  3. La presente Carta Circular deberá ser comunicada a las partes interesadas y publicada en la página web de esta Institución <www.sb.gob.do> de conformidad con el literal (h) del artículo 4 de la Ley Núm. 183-02 Monetaria y Financiera y el mecanismo de notificación de los Actos Administrativos de la Superintendencia de Bancos, dispuesto en la Circular SB: Núm. 015/10 del 21 de septiembre de 2010 emitida por este ente supervisor.

Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021).

Alejandro Fernández W.

SUPERINTENDENTE

AFW/ECB/EFCT/SDC/OLC/CJRM

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN

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Estatus Vigente
Publicación 20 / 12 / 2021

CARTA CIRCULAR SB Núm. 022/21

Horario especial de la Superintendencia de Bancos por las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.