CIRCULAR SB:
No. 008/ 09
A las : Entidades de Intermediación Financiera.
Asunto : Modificación al Manual de Contabilidad para Instituciones Financieras, a fin de Incluir Cuentas para el Registro de Préstamos Hipotecarios con Recursos Liberados del Encaje Legal.
Atendiendo a la solicitud presentada por los bancos múltiples a través de la Asociación de Bancos Comerciales (ABA), a fin de que se modifique la estructura y codificación de las cuentas para el registro de los préstamos hipotecarios que se otorguen con recursos liberados del encaje legal, establecidas mediante la Circular SB: No. 006/09 de fecha 29 de mayo del presente año, debido a que los cambios dispuestos requieren modificaciones en los parámetros del Core Bancario; por lo que tomando en consideración que se dispone de un tiempo muy corto para la aplicación de estas medidas y por ende de la utilización de las citadas cuentas, a fin de facilitar su aplicación, el Superintendente de Bancos, en uso de las atribuciones que le confieren los literales e) del Artículo 21 y a) del Artículo 54 de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 de fecha 21 de noviembre de 2002, relativos a Competencias y a Contabilidad, Estados Financieros y Auditoria, respectivamente, dispone lo siguiente:
para que la misma se lea de la manera siguiente:
90 Días”; 123.00 “Créditos Vencidos por Más de 90 Días”; 124.00 “Créditos
Reestructurados”; 125.00 “Créditos en Cobranza Judicial” y 128.00 “Rendimientos por
Cobrar por Cartera de Créditos de los Capítulos” del Capítulo II del Manual de
Contabilidad para Instituciones Financieras, puesto en vigencia mediante la Resolución
13-94 de esta Superintendencia de Bancos de fecha 9 de diciembre de 1994 y sus
modificaciones, a fin de incluir los cambios siguientes:
1.1 Capítulo II “Catálogo de Cuentas”
Vigentes
121.03.M.01 Adquisición de Viviendas
121.03.M.01.01 Con Recursos Especiales
121.03.M.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
121.03.M.01.01.02 Con Recursos Liberados del Encaje Legal
121.03.M.01.02 Con Otros Recursos
121.03.M.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
121.03.M.02.01 Con Recursos Especiales
121.03.M.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
121.03.M.02.02 Con Otros Recursos
Vencidos de 31 a 90 días
122.03.M.01 Adquisición de Viviendas
122.03.M.01.01 Con Recursos Especiales
122.03.M.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
122.03.M.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
122.03.M.01.02 Con Otros Recursos
122.03.M.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
122.03.M.02.01 Con Recursos Especiales
122.03.M.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
122.03.M.02.02 Con Otros Recursos
Más de 90 días
123.03.M.01 Adquisición de Viviendas
123.03.M.01.01 Con Recursos Especiales
123.03.M.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
123.03.M.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
123.03.M.01.02 Con Otros Recursos
123.03.M.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
123.03.M.02.01 Con Recursos Especiales
123.03.M.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
123.03.M.02.02 Con Otros Recursos
Reestructurados
124.03.M.01 Adquisición de Viviendas
124.03.M.01.01 Con Recursos Especiales
124.03.M.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
124.03.M.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
124.03.M.01.02 Con Otros Recursos
124.03.M.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
124.03.M.02.01 Con Recursos Especiales
124.03.M.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
124.03.M.02.02 Con Otros Recursos
Cobranza Judicial
125.03.M.01 Adquisición de Viviendas
125.03.M.01.01 Con Recursos Especiales
125.03.M.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
125.03.M.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
125.03.M.01.02 Con Otros Recursos
125.03.M.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
125.03.M.02.01 Con Recursos Especiales
125.03.M.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
125.03.M.02.02 Con Otros Recursos
Vigentes
128.01.M.03.01 Adquisición de Viviendas
128.01.M.03.01.01 Con Recursos Especiales
128.01.M.03.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.01.M.03.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
128.01.M.03.01.02 Con Otros Recursos
128.01.M.03.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
128.01.M.03.02.01 Con Recursos Especiales
128.01.M.03.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.01.M.03.02.02 Con Otros Recursos
Vencidos de 31 a 90 días
128.02.M.03.01 Adquisición de Viviendas
128.02.M.03.01.01 Con Recursos Especiales
128.02.M.03.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.02.M.03.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
128.02.M.03.01.02 Con Otros Recursos
128.02.M.03.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
128.02.M.03.02.01 Con Recursos Especiales
128.02.M.03.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.02.M.03.02.99 Con Otros Recursos
Más de 90 días
128.03.M.03.01 Adquisición de Viviendas
128.03.M.03.01.01 Con Recursos Especiales
128.03.M.03.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.03.M.03.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
128.03.M.03.01.02 Con Otros Recursos
128.03.M.03.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
128.03.M.03.02.01 Con Recursos Especiales
128.03.M.03.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.03.M.03.02.02 Con Otros Recursos
Reestructurados
128.04.M.03.01 Adquisición de Viviendas
128.04.M.03.01.01 Con Recursos Especiales
128.04.M.03.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.04.M.03.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
128.04.M.03.01.02 Con Otros Recursos
128.04.M.03.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
128.04.M.03.02.01 Con Recursos Especiales
128.04.M.03.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.04.M.03.02.02 Con Otros Recursos
Cobranza Judicial
128.05.M.03.01 Adquisición de Viviendas
128.05.M.03.01.01 Con Recursos Especiales
128.05.M.03.01.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.05.M.03.01.01.02 Con Recursos Liberados de Encaje Legal
128.05.M.03.01.02 Con Otros Recursos
128.05.M.03.02 Construcción, remodelación, reparación, ampliación y otros
128.05.M.03.02.01 Con Recursos Especiales
128.05.M.03.02.01.01 Con Letras Hipotecarias
128.05.M.03.02.02 Con Otros Recursos
presente Circular corresponderá al Balance de Comprobación Analítico diario,
correspondiente a las operaciones al 20 de julio del 2009, que debe remitirse el 21 de julio del
mismo año.
presente Circular serán pasibles de la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley
Monetaria y Financiera y su Reglamento de aplicación.
conformidad con lo establecido en el literal h) del Artículo 4 de la Ley Monetaria y Financiera
y modifica cualquier disposición anterior de este Organismo en el (los) aspecto(s) que le
sea(n) contrario(s).
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a
los siete (07) días del mes de julio del año dos mil nueve (2009).
Haivanjoe NG Cortiñas
Superintendente
HNGC/LAMO/ SDC/JC/MM
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